¿Qué tipos de pensión de alimentos existe? Existen dos tipos en relación a los hijos, según la edad de la persona que demanda:
Alimentos menores: tienen derecho a este tipo de pensión de alimentos los hijos de hasta 21 años.
Pensión de alimentos mayores: pueden demandar este tipo de pensión aquellas personas mayores de 21 años que se encuentren estudiando un oficio o profesión, derecho que tendrán hasta que cumplan 28 años, siempre y cuando demuestren estar estudiando.
El cónyuge bajo cualquier régimen patrimonial tiene derecho a demandar pensión de alimentos, en virtud de la obligación de socorro que conlleva el matrimonio.
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